Fecha máxima para el registro de contratos y actas de finiquito en el Sistema Unico del Trabajo -SUT
top of page
Foto del escritorInformativos IFS Group

Fecha máxima para el registro de contratos y actas de finiquito en el Sistema Unico del Trabajo -SUT

Actualizado: 28 oct 2019



Ponemos en su conocimiento el Acuerdo Ministerial No. MDT-2019-258 emitido el 14 de octubre de 2019, en relación al "Registro obligatorio de la información de contratos y actas de finiquito en la plataforma informática del Ministerio del Trabajo":


  • Se concede la prórroga de treinta (30) días, a todos aquellos empleadores que hubiesen realizado nuevas contrataciones a partir del 01 de agosto del presente año, a fin de que puedan realizar el registro de la información de las personas trabajadoras en el Sistema Único del Trabajo “SUT”.


  • Se concede la prórroga de treinta (30), a todos los empleadores que hubiesen terminado una relación laboral a partir del 01 de agosto del presente año, a fin de que puedan elaborar y registrar las actas de finiquito y su respectiva constancia de pago en el Sistema Único de Trabajo-SUT.


  • El plazo de 30 días entra en vigencia a partir del 14 de octubre de 2019 (fecha del acuerdo), sin perjuicio de la publicación en el Registro Oficial.


A continuación el Acuerdo completo en el siguiente enlace: https://static.wixstatic.com/ugd/eb1b92_e416324f133e47278ad4b8f87818c346.pdf



¿Deseas saber hasta qué fecha puedes cumplir con las obligaciones en materia de Seguridad y Salud en el trabajo? Mira nuestro informativo:


Contáctenos

¿ Requieres apoyo en la elaboración, seguimiento y control de Reglamentos Internos de Trabajo y Reglamentos de Seguridad y Salud Ocupacional?. Nosotros te ayudamos!.
Si necesitas un profesional para resolver cualquier inquietud de tu empresa o requieres más información sobre nuestros servicios puedes ponerte en contacto con nosotros.
2876 visualizaciones0 comentarios
  • Envíanos un whatsapp
  • Escríbenos
  • Linkedin IFS Group
  • Youtube IFS Group
bottom of page